
Desde este lunes, todas las órdenes médicas —no solo las de medicamentos— deberán emitirse de forma electrónica, según oficializó el Ministerio de Salud a través de la Resolución 2214/2025. La medida amplía el uso de la receta digital a estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos, completando así el proceso iniciado el 1º de enero en cumplimiento de la Ley 27.553.
Las plataformas habilitadas por el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS) serán las únicas autorizadas para emitir prescripciones, asegurando la interoperabilidad entre sistemas y la trazabilidad de cada receta. Cada prescripción contará con una Clave Única de Receta (CUIR), asociada al CUIL del paciente, lo que permitirá un control más riguroso, evitar duplicaciones y reducir costos al sistema de salud.
La normativa también contempla la digitalización de recetas archivadas y de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos o estupefacientes, que deberán conservarse por al menos tres años. Los prestadores de salud tendrán plazos de entre 45 y 120 días para implementar los cambios técnicos requeridos, aunque el uso del papel seguirá habilitado en casos excepcionales.